Política del Gobierno favorece la inversión de capitales extranjeros
El gobierno promueve la inversión en general, y en particular mantiene una política favorable hacia la inversión extranjera.
El régimen general es totalmente abierto y no discrimina entre inversores extranjeros y locales, desde el punto de vista tributario.
El inversor extranjero goza de los mismos incentivos que el inversor local. No se requiere autorización previa para la inversión extranjera.
Posibilidades de inversión
El inversor extranjero puede desarrollar cualquier tipo de actividad, en las mismas condiciones que los inversores locales.
En algunos sectores de actividad especialmente regulados por el Estado, el inversor extranjero puede desarrollar actividades bajo el régimen de concesión de obra pública. Existe una excepción para el acceso a la inversión extranjera que refiere a la operación de radios y estaciones de televisión: la propiedad de las empresas que desarrollan estas actividades está restringida a ciudadanos uruguayos.
Estructura societaria
El inversor extranjero puede operar en el país constituyendo una sociedad anónima uruguaya -que es el tipo societario utilizado con más frecuencia- de la cual puede llegar a poseer el 100% de su capital accionario. También puede operar a través de la constitución de una sociedad de responsabilidad limitada uruguaya u otros tipos de sociedades personales integradas por socios que sean personas físicas o personas jurídicas extranjeras.
Asimismo el inversor extranjero puede optar por operar en el país a través de una sociedad extranjera, instalando en el país una sucursal de la misma.
Incentivos a la inversión
Los incentivos vigentes, orientados a la creación de fuentes de trabajo, introducir industrias de alta tecnología y aumentar las exportaciones, están disponibles tanto para inversores locales como extranjeros. Los incentivos mas genéricos refieren a exoneraciones impositivas a la inversión.
Financiamiento
Tanto las sucursales como las sociedades locales pueden financiarse con bancos locales, con préstamos del exterior o con su Casa Matriz o accionistas. Mercado de cambios y repatriación de capitales y utilidades :
No existen limitaciones a la transferencia de utilidades ni a la repatriación de capital, para lo cual no se requiere autorización del Estado.
El mercado de cambio es libre, no existiendo limitaciones para la compra o venta de moneda extranjera, pudiendo las inversiones ser realizadas en cualquier moneda.
Protección de las inversiones extranjeras :
Uruguay ha brindado tradicionalmente un marco de seguridad al inversor extranjero por la vigencia efectiva del derecho y por la estabilidad económica. Además es miembro de organismos internacionales que promueven la seguridad de las inversiones, tales como el Organismo Multilateral de Garantía de Inversiones (MIGA) y el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones, con sede en el Banco Mundial. Personal extranjero No existe ningún tipo de limitaciones para la contratación de personal extranjero.
Fuente: Uruguay XXI
www.uruguayxxi.gub.uy